Guía paso a paso
Plazos para la extensión de visados y permisos de residencia
Tres plazos legales deciden si puede presentar la solicitud: una extensión de visado debe presentarse al menos 7 días antes de que finalice su estancia permitida, un primer permiso de residencia dentro de los 30 días posteriores a la entrada, y una renovación de permiso de residencia al menos 30 días antes de que caduque.
Un permiso de trabajo y un permiso de residencia son dos aprobaciones separadas con plazos distintos; poseer un permiso de trabajo válido no extiende el plazo de treinta días para el permiso de residencia en sí.
- Extensión de visado (Artículo 29): si su visado marca una estancia de 180 días o menos y necesita más tiempo, solicítela al menos 7 días antes de que finalice el periodo de estancia marcado, en la administración de entrada y salida de una oficina de seguridad pública de nivel de condado o superior en el lugar donde se aloja.
- Se revisa una prórroga, no es automática (Artículo 29): se concede solo cuando la razón indicada se considera razonable y suficiente. Si no se concede, se le exige que salga antes de la fecha original.
- Las extensiones están limitadas (Artículo 29): la extensión total no puede exceder el período de estancia originalmente indicado en el visado.
- Primer permiso de residencia (Artículo 30): esto solo aplica si su visado indica que debe obtenerse un permiso de residencia tras la entrada. Realice el trámite dentro de los 30 días posteriores a la fecha de entrada en la administración de entrada y salida del lugar donde pretende residir. Se recopilarán huellas dactilares y otros datos biométricos.
- Plazo de revisión (artículo 30): la administración de entrada y salida examina la solicitud y decide en un plazo de 15 días tras la recepción de los materiales.
- Renovación del permiso de residencia (Artículo 32): presentar la solicitud al menos 30 días antes de que caduque el permiso. Esto también se revisa para determinar si el motivo es razonable y suficiente.
- Consulte los requisitos locales actuales antes de presentar su solicitud: el sitio web de la Administración Nacional de Inmigración o la línea directa de servicios de inmigración 12367.